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Entre una verdad instrumentalizada versus una responsabilidad histórica institucionalizada

En esta entrada Regina Angarita, abogada especialista en DD.HH y D.I.H, reflexiona sobre cómo la verdad y el olvido en el contexto colombiano han sido transformadas e instrumentalizadas con el fin de llegar a un propósito específico. En este sentido, se ha instrumentalizado la verdad y con esta instrumentalización se ha permitido violentar la dignidad humana de las víctimas. La autora explica entonces el contexto y la explicación de por qué podemos hablar de una instrumentalización de la verdad y, posteriormente, se cuestiona sobre la validez de este sistema para proteger a las víctimas de una posible revictimización. La autora pregunta, ¿este sistema de reconstrucción de la verdad se trata realmente de una transición burocratizada que evade la responsabilidad histórica a partir de verdades instrumentalizadas?


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Entre una verdad instrumentalizada versus una responsabilidad histórica institucionalizada y politizada: ¿Debe el conocimiento social del pasado burocratizarse o institucionalizarse mediante procesos públicos para definir una verdad oficial?



La delgada línea que existe entre las verdades instrumentalizadas y una justicia politizada en el marco de la justicia transicional pareciera adelgazarse aún más con la necesidad de conocer socialmente el pasado mediante procesos públicos para definir una verdad oficial. En este sentido, se puede preguntar de qué manera una verdad transicional termina obedeciendo a intereses particulares que terminan respondiendo a procesos burocráticos puntuales desde el lente de la legitimación de nuevos regímenes, más que al establecimiento de una responsabilidad histórica que permita la rehabilitación de las víctimas y la recategorización de la reputación de los perpetradores considerados “enemigos del Estado” a través del perdón que surge de reconstruir una verdad oficial. Considerando esto, la convergencia entre una verdad politizada (e instrumentalizada) y una responsabilidad histórica institucionalizada estaría tan matizada que la misma renegociación del lenguaje de la violencia estaría siendo utilizado para representar lo sucedido en regímenes anteriores mediante ciertas categorías modificadas, respecto de las cuales no se establecería una verdad oficial propiamente sino una verdad burocratizada. Es decir, se trataría, en esencia, de una verdad burocratizada disfrazada de verdad oficial peligrosa para la responsabilidad histórica transicional. De esta verdad oficial cabe preguntarse respecto de qué se considera oficial: respecto de la forma de los testimonios de los propios perpetradores, respecto del sufrimiento de las víctimas o respecto del mantenimiento de un consenso y régimen particular del sistema.


¿Verdad “oficial” como legitimación de cortinas de humo? En primer lugar, es necesario considerar que la verdad como uno de los elementos esenciales de la justicia transicional va más allá del establecimiento de comisiones de la verdad y de consideraciones burocráticas de establecimiento de procesos públicos. Esto, en virtud de que para que una verdad sea reconocida como oficial no tiene porqué pasar por un proceso de escrutinio público para mantener una cortina de humo que de fe de lo democratizante del proceso frente a los derechos de las víctimas o como forma de legitimar procesos que han sido, en teoría, democratizados. Esto, paradójicamente, termina fomentando un círculo de revictimización frente a los perpetradores que más que crear una responsabilidad histórica, termina deconstruyendo la dignidad de las víctimas frente a la sanación de sus procesos personales de dolor respecto de narrativas de regímenes anteriores con consecuencias en los regímenes que le continúan. Sin embargo, no se puede negar que estos procesos públicos de construcción de la verdad estimulan el perdón por parte de los perpetradores hacia las víctimas respecto de las cuales cabe preguntarse: ¿es el perdón transicional una garantía efectiva de responsabilidad estatal y de discontinuidad de hechos victimizantes? Más allá del simbolismo del perdón transicional cabe preguntarse si la eficacia simbólica del perdón puede trascender los hechos victimizantes y el dolor de las víctimas (valga la redundancia) o si termina el perdón respondiendo a una forma de mantener un status quo de “legitimación” democratizante dentro del consenso público, como la verdad.


Comisiones de la verdad como canalizadoras de responsabilidades históricas. Ahora bien, es importante traer a colación lo que se ha sostenido en torno a las comisiones de la verdad como las canalizadoras de los testimonios de las víctimas. Así, autores como Paul Van Zyl han señalado que


“las comisiones de la verdad también examinan las causas sociales, estructurales e institucionales del conflicto y las violaciones de los derechos humanos. A su vez, están en capacidad de aclarar lo que sucedió, no solo en casos individuales sino en el contexto más amplio que hizo posibles esas violaciones. Esta función diagnóstica puede ayudar a identificar las causas fundamentales del conflicto y a examinar el papel que los actores externos y no gubernamentales han desempeñado en exacerbar y mantener el conflicto.”(Van Zyl, 2008, p. 57) (subrayas y negrillas fuera del texto)


Teniendo en cuenta esto, y si bien desde el punto de vista del diseño institucional las comisiones de la verdad estimulan procesos públicos para la definición de una verdad oficial que, por supuesto, puede permitir la reconstrucción de los hechos para no repetirlos en el futuro, también cabe preguntarse: ¿hasta qué punto la transformación histórica tendría que supeditarse a una recategorización de hechos en el consenso público si debajo del telón las víctimas continúan sus procesos de revictimización ante la ausencia del Estado? En esta línea, no es un secreto que en estos casos la delgada línea entre las verdades instrumentalizadas y una justicia politizada en el marco de la justicia transicional se termina profundizando aún más. Esto, en virtud de que, como lo señala Ruti Teitel


“el régimen de la verdad que patrocina la paz, el Estado de Derecho y los fines políticos del régimen subsecuente, no es siempre históricamente justo y, por lo tanto, puede ser inestable y de corta duración. Es una verdad para políticas particulares.” (Teitel, 2017, p.220) (subrayas y negrilla fuera del texto)



En este sentido, el determinismo lingüístico que encierra las categorías de violencia que han sido perpetradas en regímenes anteriores termina supeditado a cuestiones burocratizadas en donde el establecimiento de la verdad y la reconstrucción de una responsabilidad histórica termina revictimizando y deconstruyendo la esencia misma del reconocimiento de una verdad real y auténtica. En esta línea: ¿estaría la verdad siendo realmente representada a través de su institucionalización?


¿Verdad como precursora de la paz? Continuando con este hilo, es relevante tener en cuenta el hecho de que el objetivo de las comisiones de la verdad no era propiamente la verdad sino la paz y, de hecho, así es abordado dentro de la segunda fase de genealogías de justicia transicional planteada por Ruth Teitel. De este modo, como lo indica esta autora


“el dilema central asociado con esta fase fue frecuentemente enmarcado en términos de derechos humanos tales como, si acaso las víctimas tienen el derecho a saber la verdad y si acaso el Estado tiene el deber de investigar para revelar dicha verdad. Dentro de este marco, la dinámica central de “verdad versus justicia” sugirió que necesariamente existían conflictos entre justicia, historia y memoria.” (Teitel, 2003, p.13) (subrayas y negrilla fuera del texto)


Como puede observarse e intuirse, sería posible establecer una relación y correspondencia entre justicia, historia, memoria y verdad. En este sentido, la historia dependería, en el fondo, de la memoria. La memoria, a su vez, dependería del establecimiento de una verdad auténtica y real. Así, a partir de la correlación entre historia, memoria y verdad puede llegarse a un concepto de justicia que involucre tanto el reconocimiento histórico de una memoria basada en verdades construidas a lo largo de los años, como la construcción de verdades que permitan el mantenimiento de una historia ejemplo de no repetición. En esta línea, puede hablarse de una memoria latente que permita el esclarecimiento de ciertos hechos victimizantes y la reconfiguración de un estado de cosas tal que impida la continuación del sufrimiento de las víctimas. De esta forma, terminaría la verdad ubicándose como eje transversal de la historia, la memoria y la justicia: ¿qué sería de la historia, la memoria y la justicia sin verdad? ¿Por qué politizar, institucionalizar y burocratizar la historia y la memoria como se ha hecho con la justicia y la verdad? ¿Cómo politizar la historia y la memoria? De estos interrogantes se podría sostener que llegar al punto de politizar o instrumentalizar la memoria y la historia, sería la manera más desnaturalizada de reconocer una responsabilidad histórica basada en construcciones burocratizadas de verdades. Es decir, llegar a la necesidad de politizar una historia o una memoria, sería lo equivalente a burocratizar la dignidad humana: ¿Es esto necesario frente a la reconstrucción de unas verdades en el marco de la justicia transicional?


A este respecto, es menester tener en consideración - como también lo señala Ruth Teitel - que


“las narrativas transicionales pueden estructurarse o enmarcarse de múltiples formas de manera que pueda, así, contar múltiples historias. (...) cuando la responsabilidad histórica se organiza de manera que revive las categorías y los juicios preexistentes, la naturaleza y las causas de la violencia parecen sobredeterminadas y no admitir ningún tipo de cambio.(...) Una responsabilidad histórica semejante se abre paso mediante los principios de documentación, representación y afianzamiento de una responsabilidad subsecuente.” (Teitel, 2017, p.224) (subrayas y negrilla fuera del texto)


En esta línea, cabe preguntarse si los principios de documentación respecto de la reconstrucción de verdades en un marco transicional realmente estarían permitiendo la conclusión de una versión particular respecto de ciertos acontecimientos o hechos victimizantes o si, de lo contrario, los prolonga innecesariamente en el tiempo a partir de las incertidumbres generadas en algunas víctimas. De esta manera, pareciera que el conocimiento social del pasado debiera burocratizarse o instrumentalizarse mediante ciertos procesos para definir verdades “oficiales” con el único objetivo de mantener una legitimidad de un sistema que, en el fondo, estaría dejando de lado lo verdaderamente importante frente al reconocimiento y reparación de las víctimas. Es decir, el reconocimiento de las víctimas y su reparación termina supeditándose al mantenimiento de una cortina de humo de legitimidad democrática en torno al discurso de la verdad que lo que hace es asfixiar aún más la reconstrucción de unos hechos que, en el fondo, terminan construyéndose a partir de incertidumbres prolongadas y dudas permanentes. En este sentido, ¿qué tanta legitimidad tiene para las víctimas una verdad construida a partir de incertidumbres y dudas pero que es presentada como “oficial” en el escrutinio público?


Así, y como lo señala Priscilla Hayer


recordar no es fácil, pero olvidar puede resultar imposible. Hay un abanico de tácticas de supervivencia emocional y psicológica para los que han sufrido atrocidades tan brutales.Mientras que algunas víctimas abogan por el olvido, otras tenían claro que sólo podían comenzar a recuperarse mediante el recuerdo. Sólo si recordaban, si contaban su historia y conocían hasta el último detalle sobre lo sucedido y quién era el responsable podrían comenzar a dejar atrás el pasado.” (Hayner, 2008, p.27) (subrayas y negrilla fuera del texto)



Desde este punto de vista, podría sostenerse una asociación entre un recuerdo como canalizador y constructor de una verdad, y entre un olvido que representa un tipo de amnesia, no respecto de la verdad propiamente, sino respecto de la recuperación de las víctimas. Es decir, no se trataría propiamente de un olvido de desaparecimiento de hechos victimizantes sino de un olvido enmarcado en la realidad de una verdad que, en el fondo, permanece en el tiempo, independientemente de sus distintas interpretaciones, pero que decae desde la decisión deliberada de las víctimas de “recuperarse” del dolor que les genera el hecho. Esto, independientemente de la verdad construida a lo largo de los años. En este sentido cabría preguntarse: ¿es el olvido una forma de negación de la verdad? ¿Es el olvido una forma de revictimización? ¿Es el olvido una forma de impunidad frente a la responsabilidad histórica y la reconstrucción de la verdad? ¿Necesariamente el recuerdo como forma de mantener una memoria implica la existencia de una verdad? ¿Implica el olvido la inexistencia de la verdad?


Convergencia entre verdad politizada y responsabilidad histórica. Con todo lo anterior, es posible darse cuenta de los matices y variables que presenta la convergencia entre una verdad politizada (e instrumentalizada) y una responsabilidad histórica institucionalizada. En este sentido, la utilización de categorías modificadas en el lenguaje a lo largo de los distintos regímenes lo que termina estimulando es la definición de una verdad burocratizada, que no por serlo deja de ser menos cierta pero hasta cierto punto si es menos real desde el punto de vista de la reparación de las víctimas, no así respecto de la responsabilidad histórica, pues como lo señala Teitel “en la manifestación pública de la verdad transicional existe un intento concertado de creación de una responsabilidad histórica y política” (Teitel, 2017, p.215).


A este respecto, Newman-Pont, señala que la verdad


también está íntimamente relacionada con la memoria, los archivos, el patrimonio histórico, lo cual implica que las medidas de reparación simbólica tendientes a garantizar el conocimiento, tanto para la víctima directa como para la sociedad, podrían ser por ejemplo la revelación pública de los hechos, por medio de actos públicos de desagravio, publicaciones, documentales, archivos abiertos a consulta pública, búsqueda de desaparecidos, difusión de los hechos ocurridos por medio de la academia o las instituciones estatales.” (Pont, 2009, p.57 ) (subrayas y negrillas fuera del texto)


Así, sería posible sostener que la verdad con relación a la reparación simbólica termina burocratizándose a procedimientos públicos, mientras que la verdad con relación a la memoria y la dignidad de las víctimas - y considerada en su real esencia desapegada de consideraciones de patrimonio histórico o publicidad- implican una profundidad mucho mayor que las manipulaciones históricas con visos de revisionismo y negación. Manipulaciones que terminan, en el fondo, desnaturalizando la real esencia de una verdad que no tendría porqué estar viciada de cortinas de humo para legitimar un status quo particular. De este modo, surge la siguiente pregunta: ¿cómo establecer una responsabilidad histórica real a partir de la construcción de verdades instrumentalizadas? ¿Está la responsabilidad histórica enmarcada en una memoria que ha reconstruido una verdad bajo el lente de la activación de mecanismos del sistema para mantener un status quo particular?



Teniendo en cuenta las consideraciones precedentes, es evidente que el conocimiento social del pasado no debería burocratizarse o institucionalizarse mediante procesos públicos para definir una verdad oficial que, en el fondo, (i) puede estar viciada de manipulaciones, (ii) obedecer a la protección de ciertos intereses en pro de garantizar una “legitimidad democrática” de papel o (iii) estimular la generación de una responsabilidad histórica particular a costa de la memoria y dignidad de las víctimas que lo que termina haciendo es estimular círculos de revictimización. Círculos de revictimización estos que lo que hacen es prolongar memorias con olvidos traumáticos y verdades con mentiras maquilladas con tal de mantener la politización e instrumentalización del sistema. En este sentido: ¿qué tan paupérrimo tendría que ser un sistema para llegar al punto de burocratizar la dignidad humana o medirla a partir de la reconstrucción de una verdad para el establecimiento de una responsabilidad histórica? ¿El fin justifica los medios a costa de la dignidad humana? ¿Se trata acaso de una transición burocratizada? ¿Una responsabilidad histórica a partir de verdades instrumentalizadas?



 

Por: Regina Angarita, abogada de la Universidad de los Andes especialista en DD.HH y D.I.H


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