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¿Cárcel como sinónimo de justicia?

Daniela Mateus es estudiante de Derecho, con opción en Administración. Aquí su columna "¿Cárcel como sinónimo de justicia?". Para contestar la columna envíe su propuesta a periodicoeluniandino@gmail.com.


El pasado 23 de agosto, en la Comisión Accidental de Seguimiento, Vigilancia y Control de la Situación Penitenciaria y Carcelaria de Colombia, en la Comisión VI del Senado, el Ministro de Justicia, Néstor Osuna, propuso una sanción penal, alternativa a la privación de la libertad para quienes hurtan celulares. El Ministro señaló que la manera de sancionar a una persona que roba celulares, es que en lugar de ir a prisión, devuelva el celular y que indemnice con seis meses de factura.


Sin embargo, en algunos medios de comunicación y redes sociales esta propuesta fue criticada y rechazada, porque podría dar un mensaje erróneo a la sociedad. Tal como lo aseguró en la revista Semana, Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, no se puede "decirle al delincuente robe, que si lo cogen, vuelve y queda afuera; y si no lo cogen, pues entonces tranquilo. Porque eso tampoco puede ser el mensaje que se le dé a la sociedad". En este sentido, la propuesta de Osuna debe tener una claridad, con el fin de que esta no de un mensaje ambiguo que promueva los delitos comunes.


Ahora bien, ¿es descabellada la propuesta de Osuna? El Ministro a través de su proposición, quiso reflejar la importancia de incorporar al sistemas judicial alternativas para que la prisión no sea la única salida de este tipo de delitos comunes. Es decir, la propuesta real de Osuna es incorporar al sistema judicial mecanismos que fomenten la justicia restaurativa.



La justicia restaurativa es un modelo de resolución de conflictos, que fomenta el principio de “dignidad humana”. Este modelo tiene como objetivo que el proceso penal sea un instrumento de paz, que en lugar de acentuar el conflicto, lo resuelva y repare a las víctimas. Es decir, la justicia restaurativa a diferencia de la justicia retributiva, es un modelo que no se enfoca en el castigo ante una conducta criminal, sino que se enfoca en el progreso de una sociedad con conciencia propia. De ahí que, la justicia restaurativa, busque “responder al comportamiento delictivo balanceando las necesidades de la comunidad, de las víctimas y de los delincuentes”.


De acuerdo con esta definición, se podría pensar ¿esta propuesta es razonable para el contexto del país? Para ello, es necesario tener en cuenta la realidad del sistema penitenciario. En la actualidad, según el Inpec, la tasa de hacinamiento de los establecimientos carcelarios es del 20%, sin contar las estaciones de policía. Según esta institución la capacidad de las cárceles es de 81.175 personas privadas de la libertad y hay 97.425. Esta situación de sobrepoblación en las cárceles, no solo ha aumentado los problemas sanitarios y de salubridad, sino también ha afectado la integridad del individuo, pues se ha incrementado la “violencia y las tasas de homicidio y sucidio intercarcelario". En consecuencia, las personas que se encuentra privadas de la libertad sufren la permanente violación de los derechos fundamentales y se ven obligados a una vida infrahumana y degradante.


Como resultado de este fenómeno, que se vive en todas las cárceles del país, es posible afirmar que en la actualidad no hay un proceso de rehabilitación y resocialización en la prisión. Todo lo contrario, no se cumple el objetivo de las penas y de las medidas de aseguramiento, pues no se actúa de manera protectora y preventiva, como se expresa en el "Código Penitenciario" en el artículo 9 y 10. De esta manera, el sistema carcelario tiene una gran dificultad en el cumplimiento de programas de resocialización y reintegración, pues la calidad de vida que se vive dentro de estos establecimientos es tan pobre y precaria, que en vez de lograr su objetivo de reparación, pueden llegar a incrementar los efectos criminógenos ​​al punto de fomentar el comportamiento violento y el delito de aquellas personas que se encuentran recluidas, tal como lo han expuesto distintos informes de la Comisión de Seguimiento de la sociedad civil.


En consideración de estas problemáticas, la propuesta de Osuna es razonable, pues brinda una respuesta al crimen respetando la dignidad humana y promoviendo “armonía social a través de la reparación de víctimas, delincuentes y comunidades”. En este sentido, se construye conciencia social, se garantizan los derechos humanos y no se fomentan penas punitivas. Penas, que hasta el día de hoy, no han generado resocializado ni reintegrado a aquellas personas que infringieron la ley penal.


Si la propuesta de Osuna es razonable para el fin propuesto ¿por qué genera tantas críticas y es controversial? Colombia carece de políticas preventivas, por la ausencia de una política criminal en el Estado colombiano. La sensación de inseguridad ha impulsado la disminución de política social, la reducción de garantías y ha aumentado el punitivismo. En consecuencia, la sociedad se ha convertido en un enjambre vengativo, que relaciona la cárcel con la justicia. En otras palabras, la sociedad se ha constituido bajo la sombra de la violencia estatal, que no tiene límites y está en función de la represión “eficaz”, con el fin de promover una sensación de seguridad. No obstante, esta función de represión, no es eficaz para los fines propuestos.


En síntesis la propuesta de justicia restaurativa de Osuna, es viable y debe ser perfeccionada. En caso de no ser así, la sociedad seguirá sumergida en el miedo al delito e ignorando la degradación social. Esto conlleva, a continuar con el sesgo de cárcel igual a justicia, que limita las alternativas de justicia penal y no permite crear metodologías que expliquen las causas y los efectos de los comportamientos delictivos, en los que quien comete la infracción debe asumir su responsabilidad de manera más consciente y comprometida con la comunidad y la víctima.


 

Por: Daniela Mateus. Estudiante de Derecho, con opción en Administración. Me encanta contribuir con el debate público, especialmente en temas de sociología, cultura y política.


***Esta columna hace parte de la sección de Opinión y no representa necesariamente el sentir ni el pensar de El Uniandino.

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